LCFP

Subtema 1.3.1. Responsabilidad administrativa de los servidores públicos de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

México en su conformación como democracia, ha transitado por periodos de cambio y definiciones políticas, que han impactado la forma de conducirse en los asuntos públicos, lo cual se ve reflejado en la actuación del aparato gubernamental.

El máximo ordenamiento jurídico en el país es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 40 Constitucional establece que “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior…” Al respecto, en su Título Cuarto están definidas las responsabilidades de los servidores públicos y su naturaleza. dores públicos y su naturaleza.

A continuación, se presenta una breve explicación de los artículos que componen dicho título:

Art 108 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Definición del servidor público
“Se reputarán como servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal, los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal o en la Administración Pública Federal o en el Distrito Federal”
Puntos importantes:
El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.

Los demás servidores públicos serán responsables por:

  • Violaciones a la CPEUM
  • Leyes federales

Manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales.

Los servidores públicos (mencionados en el art 108 CPEUM) deberán presentar bajo protesta de decir verdad: declaración patrimonial y de intereses.

Art 109 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Los servidores públicos y particulares que incurran en responsabilidad frente al Estado, serán sancionados:

  1. Juicio Político, cuando incurran en actos u omisiones en perjuicio de los intereses públicos fundamentales, excepto por expresión de ideas.
  2. Los delitos por hechos de corrupción, será sancionada en términos de legislación penal aplicable.
  3. Se aplicarán sanciones administrativas por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus cargos.

Art 110 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Son sujetos a juicio político:

  • Senadores y diputados al Congresos de la Unión
  • Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
  • Consejeros de la Judicatura Federal
  • Secretarios de Despacho
  • Fiscal General de la República
  • Magistrados de Circuito y jueces de Distrito
  • Consejero Presidente, consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Instituto Nacional
  • Electoral
  • Magistrados del Tribunal Electoral
  • Integrantes de los órganos constitucionales autónomos, los directores generales y sus equivalentes de los organismos descentralizados
  • Empresas de participación estatal mayoritaria, sociedades y asociaciones asimiladas a éstas y fideicomisos públicos.
  • Los ejecutivos de las entidades federativas, Diputados locales, Magistrados de los Tribunales
  • Superiores de Justicia Locales y miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales
  • Miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía (sólo por violaciones graves a CPEUM y leyes federales; por el manejo indebido de fondos y recursos federales habrá una resolución declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que procedan como corresponda).

Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

Las declaraciones y resoluciones de las Cámaras de Diputados y Senadores son inatacables.

Art 111 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Para proceder penalmente por la comisión de delitos durante el tiempo de su encargo de:

Sujeto Responsable Resolución
  • Diputados y senadores del Congreso de la Unión
  • Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
  • Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral
  • Consejeros de la Judicatura Federal
  • Secretarios de Despacho
  • Fiscal General de la República, así como el consejero Presidente y los consejeros electorales del Consejo General del INE
La Cámara de Diputados declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si ha de haber o no lugar a proceder contra el inculpado

Resolución Negativa:
Se suspende procedimiento ulterior, pero no se imputa, ésta continúa su curso cuando haya concluido el ejercicio de su encargo.

Resolución Positiva:
El sujeto quedará a disposición de las autoridades competentes.

  • Presidente de la República
Solo se podrá acusarlo ante la Cámara de Senadores en términos del artículo 110. La Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.
  • Ejecutivos de las entidades federativas, diputados locales, magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas
  • Miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales
  • Miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales les otorgue autonomía
Las Legislaturas Locales declarará por mayoría absoluta de sus miembros presentes en sesión, si va o no a proceder contra el inculpado

Resolución Negativa:
Se suspende procedimiento ulterior, pero no se imputa, ésta continua su curso cuando haya concluido el ejercicio de su encargo.

Resolución Positiva:
El sujeto quedará a disposición de las autoridades competentes.

Art 112 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

No se requerirá declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando los servidores públicos (1er párrafo art. 111) que cometa un delito durante el tiempo en que se encuentre separado de su encargo.
Si hubiese vuelto a desempeñar sus funciones propias u otro cargo distinto (del 1er párrafo del art. 111) procederá de acuerdo con lo dispuesto en dicho precepto.

Art 113 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos.

Art 114 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El procedimiento de Juicio Político solo podrá iniciarse durante el desempeño del cargo del servidor público y hasta dentro de un año después.
Las sanciones correspondientes se aplicarán en un periodo no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.
El plazo de prescripción será de 3 años (Ley Penal) y se interrumpe al desempeñar un cargo según art 111, en casos de responsabilidad administrativa la ley señalará los casos según naturaleza y consecuencia de los actos y omisiones (no inferiores a 7 años)

Regresa al aula para continuar con el estudio de la unidad.