Según el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2005, menciona que los ingresos del sector público presupuestario, se clasifican como ingresos ordinarios y extraordinarios.
Son ingresos ordinarios aquellos que constituyen una fuente normal y periódica de recursos fiscales del sector público y se encuentran establecidos en un presupuesto. Dichos ingresos son captados por el sector público en el desempeño de sus actividades de derecho público y como productor de bienes y servicios por la ejecución de la Ley de Ingresos. Éstos también pueden agruparse atendiendo a su naturaleza económica; en este caso, los ingresos pueden ser corrientes o de capital.
Ingresos corrientes Ingresos de capitalLos ingresos extraordinarios, como su nombre lo indica, son los que se obtienen de manera excepcional y provienen fundamentalmente de la contratación de créditos externos e internos o de la emisión de moneda.
También es importante mencionar que existen las clasificaciones en los ingresos del sector público y éstos se dividen, en ingresos petroleros y no petroleros y en ingresos tributarios y no tributarios, mismos que se describirá a continuación:
Es muy importante destacar, desde ahora, que ambas divisiones anteriores no son excluyentes entre sí; pueden existir combinaciones, siendo éstas: ingresos no petroleros no tributarios, ingresos no petroleros tributarios, ingresos petroleros no tributarios y, por último, ingresos petroleros tributarios. (Enciclopedia Jurídica Online, 2014).
Ingresos petroleros | Ingresos no petroleros |
Son los recursos que obtiene el Gobierno Federal por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos derivados de la extracción, explotación, producción y comercialización interna de petróleo y sus derivados, así como de la exportación de los productos petroleros. | Es el total de ingresos tributarios (impuestos) y no tributarios (derechos, productos y aprovechamientos), que percibe el Gobierno Federal, exceptuando los Ingresos Petroleros. |
Tributarios | No tributarios |
Se trata de aportaciones económicas de los gobernados que, por imperativos constitucionales y legales, se ven forzados a sacrificar una parte proporcional de sus ingresos, utilidades o rendimientos para contribuir a los gastos públicos. | Son los ingresos que el Gobierno Federal obtiene como contraprestación a un servicio público (derechos), del pago por el uso o explotación de los bienes del dominio público o privado de la federación (productos), y de la aplicación de multas, recargos y otros ingresos señalados en la Ley de Ingresos (aprovechamientos). |
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