De acuerdo con Ovalle,
“la revocación, la reposición y la apelación son recursos ordinarios, es decir, son instrumentos normales de impugnación. En cambio, la queja es un recurso especial, ya que a través de ella se combaten sólo las resoluciones judiciales que señala, en forma específica, el artículo 723 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal (2003:236).”
Con el propósito de profundizar en cada uno de estos recursos, consultando el Código, a la vez que realizar aproximaciones para su aplicación, se presenta la siguiente actividad:
Da clic en el icono para descargar la Rúbrica de evaluación que se te proporciona para calificar tu actividad. |