Esta actividad no es calificable sin embargo, para desarrollar la actividad integradora es sugerida como parte de tu proceso de aprendizaje autogestivo. En éste prima el sentido de responsabilidad en tu formación, pues eres el principal regulador de tu proceso de aprendizaje.
El artículo 31 constitucional señala las obligaciones de los mexicanos. En la fracción IV, se menciona lo siguiente:
Contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como de los estados, de la Ciudad de México y del municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
El citado artículo se encuentra sustentado por aspectos de índole histórica, como fundamentos teóricos y doctrinales. Para la comprensión de cualquier tema, como en este caso son los fundamentos teóricos e históricos del artículo 31, fracción IV, es necesario el conocimiento de las transformaciones del objeto de estudio. A lo anterior se le denomina estado del arte, lo cual se define como el análisis respecto al cúmulo de cambios que han influido en un objeto de estudio dado, que dan cuenta de su estructura en la actualidad. Para desarrollar dicho análisis, se sugiere desarrolles lo siguiente:
PorMiCuenta. (1 de abril de 2019). Origen Constitucional de las Contribuciones Artículo 31 Fracción IV/¿Qué son las contribuciones? . [Archivo de video]. Recuperado de https://youtu.be/Tf1ESb455mA |
Asimismo se sugiere el llenado de la siguiente tabla:
Momento histórico |
Denominación de la legislación fiscal |
Fundamentos teóricos y/o doctrinarios |
Características de la contribución |
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