Recuerda que en esta actividad agregarás los productos de las actividades 1 y 2.
En el procedimiento paraprocesal, no basta hacer del conocimiento de la junta los motivos de una rescisión de la relación laboral, ya que también es necesario ordenar su trámite y turnar el expediente al actuario, para que se constituya al domicilio del trabajador, a fin de notificar conforme al artículo 743 de la ley la rescisión y surta la notificación sus efectos jurídicos.
Con base en el acuerdo que le recae al escrito de rescisión de la relación laboral (elaborada en la actividad anterior), la junta le turnará el expediente al actuario, adjuntando el acuerdo en donde se le ordena su constitución en el domicilio del trabajador para notificar.
Con el propósito de promover las diligencias de notificación al actuario e integrar los productos elaborados en la sesión, realiza la siguiente actividad.

Cabe señalar que con el aviso de rescisión y la copia del auto de radicación, el actuario levantará el acta de la diligencia y la anexará al expediente.
Por otra parte, la Junta acordará lo actuado y ordenará expedición de copias certificadas, ordenando por último archivar el expediente como asunto concluido.
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